miércoles, 8 de agosto de 2018

Video I: Garantías Extra Jurisdiccionales de los Derechos Humanos


45 comentarios:

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  3. mecanismos constitucionales para la protección de los derechos humanos son todas las maneras que tiene el estado para garantizar que no sean vulnerados los derechos de las persona, brindando las garantías necesarias para tal fin.
    estas se dan por dos grandes movimientos : ya sean institucionales o no institucionales.
    entre las NO institucionales encontramos las ong, gremios, partidos políticos, movimiento literarios entre otros.
    pude ver que a través del arte quedan plasmados abusos y la forma en que fueron vulnerados los derechos de poblaciones, la importancia de las ong en temas de los derechos humanos ya que hacen seguimientos de las acciones de los gobiernos y presionan para actuar de acuerdos a los principios.
    cuando hablamos de la institucionales nos encontramos con defensoría del pueblo, procuraduría, personería municipal, icbf, unicef y policía nacional, todas estas instituciones tienen como fin proteger, defender, y promover los derechos humanos de todos los ciudadanos, cada entidad tiene una función diferente pero un fin en común.
    encontramos mecanismos de ámbito internacional como la OEA-ONU.
    SUGEY DIAZ GUTIERREZ. DERECHO 1D

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  6. buenos días, de la siguiente manera procedo a realizar mi concepto sobre el video.
    como el estado se compromete con la sociedad, a garantizarles sus derechos constitucionales mediante la creación de mecanismos de protección para así hacerles respetar su derecho ante entidades publicas o particulares de servicios públicos, por ej mediante las procuradurías asigna un delegado para q les represente en materia penal,admtvo y familiar
    por otra parte crea la defensoría del pueblo con el objetivo de representar a las personas cuando se sientan vulneradas de algún derecho ya sea por entidades publicas o privadas.
    de igual manera crea mecanismos institucionales no jurisdiccionales como la OEA Y LA ONU para garantizar el desarrollo y protección de amparo de los derechos humanos.
    ASTOLFO VALENCIA PERNETT DERECHO-1D

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  9. A continuación procedo a desarrollar lo que en en mi concepto es la relación que hay entre el vídeo y el estado de constitucionalidad;la relación que hay es que en ambos se busca la protección y que no se vulneren los derechos fundamentales,sociales, económicos, políticos y culturales de todas las personas.
    Haciendo énfasis especial en los derechos fundamentales establecidos en la Constitución, ya que esta es la norma de normas y todas las leyes, normas , decretos etc están subordinadas a lo que en ella este establecido.

    Manuel Segundo Pacheco Rodríguez . Derecho 1A

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  10. De esta manera procedo a hablar de el vídeo para mi parecer todo esta regido por un manual llamado en este caso constitución, la relación entre el vídeo y el estado de constitucionalidad es que ambos buscan la protección de los derechos de las personas ya sean los derechos culturales, sociales, económicos y políticos. Procurando que se le respeten sus derechos por igual a cada persona, lo hace mediante mecanismos de defensa como la tutela, el derecho de petición etc, para que dichas personas tengan la capacidad de hacer respetar sus derechos, creó mecanismos institucionales no jurisdiccionales como la OEA llamada ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS Y la ONU llamada ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS, para que los derechos sean respetados en cualquiera de los diferentes estados, la ONU se creó después de la segunda guerra mundial con el propósito de la protección de los derechos humanos.

    ABRAHAM JOSE ROJAS PEREZ 1A DERECHO

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  11. Camila Andrea Almario19 de agosto de 2018, 19:27

    Seguidamente daré mi opinión sobre la relación que estos radica, Sabemos que el estado constitucional de derecho, es aquella sociedad donde rige la Constitución y las demás leyes se encuentran subordinadas a él, y el vídeo en la mayoría de los puntos habla de la sociedad, la Constitución, las leyes, y de esos derechos que no se nos pueden vulnerar, Ahora si bien es cierto, que nosotros como ciudadanos también tenemos unos deberes de los cuales no nos podemos evadir. Del mismo modo ambos buscan la protección de los derechos de la persona ya sea en el ámbito, Cultural, social, laborsl, político o económico. Supuesto que se les respeten los derechos como tal a cada ciudadano Y esto lo podemos hacer mediante los mecanismo de defensa, como lo es el derecho de petición, este se encarga de presentar solicitudes y peticiones a las autoridades con el fin que se le suministre una información ya sea de interés general o personal. Por otro lado tenemos la acción de tutela, este se encarga de proteger y defender los derechos de las personas. Y contamos con otros mecanismos,Estos nos ayudan a respetar nuestros derechos. Decisivamente existen leyes violatorias, Derechos fundamentales individuales protegidos por la acción de tutela. En suma a todo lo escrito, el control de constitucionalidad es la faceta nacional e internacional para la protección de los derechos humanos.

    ●CAMILA ANDREA ALMARIO CEPEDA. FACULTAD DE DERECHO. GRUPO:1A

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  12. Ola buenas noches, al escuchar el vídeo, puedo concluir que a raíz de los abusos cometidos durante años y en Aras de salvaguardar los derechos de las personas, se crearon entidades de movimiento sociales, jurídicos económicos para reivindicar todos esos abusos que a lo largo han marcado nuestra historia,estos mecanismos de defensa ya sea de tipo internacional o nacional han sido creados para defender los derechos, trato y vida del hombre, mecanismos de defensas que se rigen de diferentes categorías jurídicas, conceptos constitucionales, tales como la ONU, OEA,creadas para defender
    Personas, tratados, países, y asuntos internacionales; y tales como instituciones privadas de cada estado, como personería, contraloría, personería, fiscalías etc. Se puede ver qué a lo largo de la historia todos estos mecanismos surgen para evitar masacres, genocidios, crisis y guerras que tuvieron que suceder para que ahora existan. Estos mecanismos de defensas intervienen cuando han sido vulnerados los derechos del hombre. Es decir que todo estado está regido bajo mandatos constitucionales que no se pueden violar. FATIMA OROZCO SANCHEZ. 1D.

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  13. Jean Carlos Charris Jiménez- 1D
    De acuerdo al video, proceso a realizar el siguiente comentario.
    Referente a los mecanismos constitucionales de la protección de los derechos humanos, encontramos entidades institucionales y no institucionales.
    En las entidades institucionales encontramos: Procuraduría, Defensoría del Pueblo, entro otros.
    Estas con diferentes funciones, pero todos vigilan y hacen cumplir que no sean vulnerados los derechos de las personas.

    En las entidades no institucionales encontramos: ONG, Partidos Políticos, Movimientos Literarios, entre otros.
    Como ejemplo, miremos Las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) que funcionan como garantes para que el estado actúe conforme a la ley, y así evitar que sean vulnerados los derechos.

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  14. Según el video visto, voy a mencionar la relación que tiene con el estado constitucional de derecho, primero debemos comprender que el estado constitucional de derechos es aquella sociedad donde rige la constitución y las demás leyes que están subordinadas a él. Durante el video "garantías extra jurisdiccionales de los derechos humanos" se nos muestra un video sobre los derechos humanos en el cual se analizan los mecanismos de protección y reivindicación que se desprenden de la dignidad humana de todos nosotros según el estado constitucional de derechos y los que se nos presentan en el video, hay diferentes formas de proteger los derechos humanos para esto existen dos grandes fuentes: los movimientos institucionales y los no institucionales (como lo son la ong, gremios, partidos políticos, etc),
    Esta el activismo artístico (pintura, literatura, música), reflexión académica (filosofía, juristas, políticos) esto y más nos da las areas para poder maximizar los derechos fundamentales estándares de núcleos impenetrable en el estado de derecho humano. Este movimiento no institucional se relaciona con el movimiento institucional formales para la reivindicación de derechos humanos.
    Los sistemas jurisdiccionales de protección de los derechos son de carácter oficial o de carácter jurisdiccional que se encargan de de reivindicar estas garantías desplegadas de la dignidad humana.
    El estado constitucional de derechos es el que nos da herramientas efectivas para garantizar nuestra dignidad humana.
    Según el video hay pactos internacionales de derechos humanos que ratificados hacen parte del bloqueo de constitución y por lo tanto son normas de gerarquia. Todas están normas de orden internacional que al ingresar a los ordenamientos nacionales hacen parte misma de la constitución.
    El control de convencionalidad es el encargado de castigar la violacion de derechos humanos (los cuales están protegidos por el estado constitucional de derechos).
    En conclusión de lo visto en el video y lo que sabemos sobre el estado constitucional de derechos, se puede decir que la forma de proteger la dignidad humana es por medio de la jurisdicción constitucional que está compuesta en Colombia por la corte constitucional, los jueces de tutela, derecho de petición lo cual es una solicitud para reclamar a las autoridades competentes, los cuales son los encargados de ejercer el control.
    -Sharon Villalobos arrieta
    Facultad de derecho 1A

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  15. De una manera corta sencilla expongo mi punto de vista entre el vídeo y un estado constitucional .
    En mi concepto todo está regido por un manual en nuestro caso la constitución,ambos buscan la protección y el beneficio de los derechos de cada persona ya sea políticos personales económicos.procurando así que se le respeten los derechos a cada persona por igual, lo hacen por mecanismos de defensa derechos de petición, tutelas, demandas etc...

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  16. KENNY POLO CANDANOZA FACULTAD DE DERECHO 1D

    Para hablar de derechos humanos debemos hablar de las categorías jurídicas y garantías esenciales para todos los miembros de la especie.
    Los derechos humanos son aquellas condiciones instrumentales que le permiten a las personas en su realización, en consecuencia subsume aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona.
    Estas reivindicaciones son protegidas por movimientos institucionales y movimientos no institucionales los movimientos no institucionales bien sea ONG, gremios, partidos políticos, arte pintura, ect.son movimiento que no hacen parte del estado pero estas deben ir compaginadas de los movimientos institucionales.
    Los movimientos institucionales conformados por mecanismos oficiales o jurisdiccionales son de manera internación o nacional, los oficiales encargado de promover los derechos internacional y nacional, y los jurisdiccionales conformado internacionalmente por SIDH sistemas internacional de derechos humanos y SPI sistema penal internacional, y la nacional compuesta por jurisdicción constitucional conformada a en Colombia por la corte constitucional. En un marco normativo que garantiza la unidad del sistema y que las normas en las que nos desenvolvemos permanentemente respeten los mandatos constitucionales y la dignidad humana y de control de conductas sanciona acción u omisiones concretas que vulnera los derechos fundamentales individuales económicos sociales culturales y colectivos.
    Se protege estos derechos que han sido vulnerados por medio de tutela acción de cumplimiento acciones populares o de grupo estos derechos llamados de primera segunda y tercera generación
    Los mecanismos no jurisdiccionales nacionales en su razón de ser es la promoción y protección de los derechos humanos como lo es la procuraduría general de la nación, defensoría del pueblo delegadas antes diferentes direcciones nacionales.
    Mecanismos no jurisdiccional internacional ONU Y OEA.la ONU declaración de los derechos humanos y OEA desarrollo económico la integración regional y protección de los derechos humanos

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  17. El comentario de arriba fue dejado por Andrés Camilo Castillo OrdoOrd facultad de derecho 1A

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  18. Luego de haber culminado el vídeo expuesto, logro establecer que la relación que tienen dicho vídeo y el tema del estado de constitucionalidad es que ambas partes lo que desean conseguir es la protección de los derechos fundamentales , ya que el estado de constitucionalidad manifiesta que en la sociedad quien rige es la constitución y todas las leyes están subordinadas a él, leyes en las que se encuentran nuestros derechos y deberes. Dado el caso llegue haber violacion de alguno de nuestros derechos tenemos los mecanismos de defensa, es decir, acción de tutela, acción de cumplimiento, acciones no populares y de grupo, derecho de petición etc... Entonces , en conclusión el estado y sus mecanismos están completamente relacionados porque están en función de vigilar que no se nos violen a los ciudadanos ninguno de nuestros derechos.
    Valentína José Navarro Zubiría - 1 A

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  19. Los derechos humanos son una estructura otorgada y moldeada a nuestro al rededor desde el primer instante en el que existimos, adecuando una vida humana digna en un entorno de libertad en el que prime la paz y la justicia. Esta estructura comprende unos mecanismos constitucionales que la protegen y se encargan de velar por los derechos e impedir que estos sean burlados o vulnerados, creando movimientos institucionales como la defensoría del pueblo y no institucionales como lo son las ONG. En Colombia los derechos humanos son protegidos y la violación de estos es penalizada por la jurisdicción constitucional, los jueces de tutela y el derecho de petición, aquel que se nos es otorgado por la razón de ser ciudadanos; estos son los encargados de proteger y ejercer el control sobre la sociedad y de esta manera, el estado garantiza la no vulneración de estos ya mencionados derechos humanos que por pertenecer a la categoría de personas nos pertenecen.

    MABEL NARVAEZ JIMENEZ 1D

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  21. Concerniente al vídeo la conclusión que pude observar es que, el estado de constitucionalidad busca proteger lo derechos de las personas basado en la Constitución Política de Colombia(1991), que podemos denominar la norma de normas. La entidad encargada de hacerla efectiva es el control de constitucionalidad que se encarga de sancionar o condenar a través de una orden el incumplimiento de un mandato constitucional.

    En caso de que se estev vulnerando algún derecho entraría en rigor la jurisdicción constitucional que su función es decidir sobre las demandas de inconstitucionalidad que promuevan los ciudadanos contra los actos reformatorios de la constitución, cualquiera que sea su origen, sólo por vicios de procedimiento en su formación, por medio de la corte Constitucional y jueces de tutela de carácter funcional y de acuerdo a su su especialización de carácter organico entrarían en función.

    Entre otros mecanismos para la protección de los derechos humanos encontramos los No institucionales (Ong, gremios, partidos políticos, movimientos literarios y artísticos, etc), y los institucionales (personería municipal, Unicef, ICBF, la Policía Nacional, Defensoría del pueblo, Procuraduría,etc).

    Fayne Brito Gordon 1A

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  22. Maria Cervantes De Avila21 de agosto de 2018, 7:34

    La relación que existe entre el de y el estado de derecho se hace visible, que puesto con el vídeo hace referencia con los derechos humanos y el cumplimiento de estos a través de la norma.
    La principal función del estado de constitución de derecho consiste en garantizar cumplimiento del derecho de cada persona, basado en que las leyes constitucionales habla acerca de ellos.

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  23. Mi concepto entre la relacion del estado constitucional y los derechos humanos es q cada individuo se nos debe respetar. Como tal, se nos debe garantizar segun la constitucion.

    Policarpa Elena Tafur Q. Derecho 1 A

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  24. Buen día
    Según lo expuesto en el vídeo pude deducir que la relación que existe entre los derechos humanos y el estado constitucional es que se busca garantizar y proteger todos aquellos derechos establecidos en la constitución llamados derechos fundamentales, evitando el abuso y la discriminación de tales derechos, y para tal fin se establece mecanismos de protección y cumplimiento.
    Saskia Morales Derecho 1A

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  25. De acuerdo al video
    Todo está regido por la Constitución
    Los derechos humanos siempre busca el cumplimiento en cada persona de la sociedad
    Ya que los derechos humanos es una prioridad en nuestro pais
    Es tan importante y primordial que si se lleva a cabo el incumplimiento de ello puede ser sancionado o condenado
    Shirly monterroza derecho 1A

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  26. Según lo que entendí del video y mi opinión basada desde mi punto de vista, existen los mecanismos que protegen los derechos humanos los cuales se dividen en varios, los cuales cumplen una función variada pero una en común al mismo tiempo.
    Los mecanismos internacionales como la OEA y la ONU son los encargados de garantizar el desarrollo y protección de los estos derechos humanos, otra es la defensora del pueblo la cual tiene el fin de proteger, defender y promover los derechos humanos
    DAVID SANTIAGO MUÑOZ 1D

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  27. Los derechos humanos son protegidos por mecanismo institucionales y no institucionales, NO institucionales se conforman por movimientos sociales(ong, sindicatos o gremios, perritos políticos) activismos artísticos(pintura, literatura, música)razonamiento academico(filosofía, jurídico, económico). Los institucionales son de carácter oficial o juridicional, el oficial:promueve los derechos humanos en ámbitos internacional o nacional. Y el juridicional:puede ser de orden internacional o nacional. En el internacional se encuentra el Sistema universal y el sistema regional de los derechos humanos, universal:se encuentras todas las naciones y pueblos, que tiene un sistema penal internacional que sanciona genocidio, delito de agresión, crimen loza humanidad y crimines del derecho internacional humanitario. Y en nacional tiene una jurisdicción constitucional que está compuesta por la corte constitucional y tambien por los jueces de tutela
    YURY ANGEL LLANOS CALA DERECHO 1A

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  28. Buenas tardes
    según lo expuesto en el vídeo puedo decir que la diferencia que hay entre los derechos humanos y el estado constitucional es que la constitución busca proteger los derechos establecidos en la constitución
    Estas reivindicaciones son protegidas por movimientos institucionales y movimientos no institucionales,los movimientos no institucionales bien sea ONG, gremios y sindicatos, partidos políticos, arte pintura, ect
    también puedo decir que el control de garantías es muy importante ya que mediante este se sanciona y se condena a través de una orden el incumplimiento de un mandato constitucional, también podemos decir que la sanción por desacatos de los mandatos se pueden ejercer respecto a normas o conductas.
    KARLA MILENA CHARRIS FONTALVO 1A

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  29. Bueno mi apreciacion sobre el video es que el ente politico no es precisamente un mecanismo para la defensa de los derechos humanos toda vez que este sector es uno de los que mas infringe las leyes y por ende vulnera a su vez los derechos humanos cuando de lograr beneficios propios se trata,por otra parte sabemos que la mayoría de políticos que a su vez manejan gran parte de la economía Colombiana y contando que los entes no institucionales están regidos o mas bien bajo la lupa del ente institucional ,podemos decir entonces que en este orden de ideas y frente a la fragilidad de echos en contra de los derechos humanos que los entes impartidores de justicia no son lo suficientemente claros objetivos ni neutrales en cuanto a impartir sanciones de rigor cuando del poder se trata.

    MARIA IBARRA DERECHO 1A

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  30. Los derechos humanos son los derechos que poseen todas las personas desde el momento en que empiezan a existir. Estos derechos ayudan a las personas a vivir dignamente bajo igualdad de justicia, libertad, y paz. Esto derechos tiene dos grandes frentes de protección: Los movimientos institucionales que pueden ser de carácter Oficial o jurisdiccionales como lo son: (ONU - OEA -) estos mecanismos jurisdiccionales son el mayor desarrollo jurídico de toda la historia contemporánea. Y los movimientos no institucionales (ONG - GREMIOS - PARTIDOS POLITICOS -) Actores del Arte y la academia. De aquí nace el estado social de derecho y orden internacional, para la garantía de la dignidad humana, logrando que el poder será razonable y menos autócrata. Cabe aclarar que estas instituciones no cuentan con el poder del estado.
    Se crean los sistemas internacionales de derecho y sistema internacional penal. Es la corte interamericana de Derechos humanos, derivada del sistema internacional regional, la encargada de producir efectiva sanciones sobre los países que violan derechos, sanciones y sus normas son de carácter jerárquico y de máxima importancia sobre los países encontrados en los pactos, por ser de orden constitucional.
    Se crean organismo de tipo nacional, como la Corte Constitucional, garante de la carta magna y quien debe velar porque las leyes, nomas, decretos o acciones jurídicas y de hecho, este conforme a la declaración de los derechos y deberes consagrados en la constitución.


    MARLON CABALLERO LARIOS DERECHO 1D

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  31. Según lo que entendí del video y mi opinión basada desde mi punto de vista, existen los mecanismos que protegen los derechos humanos los cuales se dividen en varios, los cuales cumplen una función variada pero una en común al mismo tiempo.
    Los mecanismos internacionales como la OEA y la ONU son los encargados de garantizar el desarrollo y protección de los estos derechos humanos, otra es la defensora del pueblo la cual tiene el fin de proteger, defender y promover los derechos humanos
    DAVID SANTIAGO MUÑOZ 1D

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  32. Un derecho humano es una derivación con un contenido de proscripción de determinadas actuaciones.
    Hay dos formas de protección de los derechos humanos que son los movimientos institucionales y los no institucionales
    los institucionales: Procuraduría, personería municipal, icbf, Unicef entre otros
    Los no institucionales: Ong, gremios, partidos políticos, movimientos literarios entre otros.
    Ambos respaldan o protegen
    para hablar de derecho humano debemos hablar necesariamente de las existencias jurídicas, y es precisamente el pensamiento jurídico el que nos da las bases para poder maximizar los derechos fundamentales.

    Carmen Sandoval Romero. Derecho 1D

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  33. CINDY SANCHEZ CORREA (1D)

    Los Derechos Humanos son las libertades fundamentales que tiene una persona por el simple hecho de haber nacido, sin los cuales no se puede vivir como tal.
    Estos derechos deben ser protegidos y reivindicados (en caso de ser violados o vulnerados).
    El video nos habla de la protección de los derechos humanos y de los diferentes frentes que existen para dar herramientas más sólidas para poder hacer real y efectiva la dignidad humana. Existen dos sistemas judiciales para dicha protección: Los mecanismos no institucionales y los institucionales.

    1. MECANISMO NO INSTITUCIONAL
    No poseen la misma fuerza que el estado, Van enfocados en la reivindicación y desarrollo máximo de los derechos humanos; Y la protección y sanción por las violaciones respectivas. Estos son algunos:
    -Movimientos sociales: ONG, Gremios, Partidos políticos.
    -Movimiento artístico: Literatura, Pintura, Música, Poesía.
    -Movimientos intelectuales: Jurídicos, Económicos, Filosóficos.
    -Movimiento Universitario
    -Reivindicaciones sindicales

    2. MECANISMO INSTITUCIONAL
    Este mecanismo se divide en 2 OFICIAL ó de carácter JURISDICCIONAL.
    -Oficial: Es de corte administrativa, es el sistema encargado de gestionar, proteger, promover y socializar todos los derechos humanos, en cualquier ámbito sea nacional o internacional.
    - Jurisdiccional: Es el mecanismo más importante, es el mayor desarrollo jurídico de toda la contemporaneidad.
    Cabe resaltar que la jurisdicción consta de la existencia de un juez natural, con competencias de orden sansionatorio y coercitivo. Por ende se deben hacer efectivos los mandatos de los derechos humanos.

    Las estructuras no institucionales deben compaginarse con las estructuras institucionales para la reivindicación de los derechos humanos.
    El video también nos habla de como muchos personajes (personas) influyeron en la protección de estos derechos, como en el caso de pintores, escritores, cantantes etc.

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  34. Anuar Felipe Yudez Suarez 1D. En el mundo existen organizaciones intitucionales o no intitucionales creados con el fin de protegery hacer cumplir lis derechos que tiene las personas.Muchos de estos organizaciones han surgido luego de acto en contra de los derechos humanos como lo es la onu que se creo con el fin de que no volvieran a ocurrir crimenes como en la 2da guerra mundial. En todo esto veo claramente un avance en el ambito internacinal en como mediante estas organizaciones interbacionales los paises se comprometen a defender los derechos de las personas si impotar su rwligion raza o genero.

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  35. Al observar el video de las garantías extra jurisdiccionales de los derechos humanos.
    Los derechos humanos son una derivación de categoría jurídicas y garantías intrínsecas para el trato que se le da a cada persona, estos derechos son protegidos y reivindicados por movimientos institucionales y movimientos no institucionales, entre los movimientos no institucionales tenemos movimientos sociales como las ONG, agremiaciones y sindicatos, partidos políticos, movimientos literarios, artísticos, intelectuales, entre otros
    los mecanismos institucionales están conformados por mecanismos oficiales o jurisdiccionales que son de manera internacional o nacional ,los oficiales encargados de promover los derechos nacional e internacional ,y los jurisdiccionales conformados internacionalmente por SIDH, sistema internacional de derechos humanos y SPI sistema penal internacional y la nacional que está compuesta por jurisdicción constitucional colombiana conformada por la corte constitucional y los jueces de tutelas, que se encargan de ejercer el poder de constitucionalidad.
    Los derechos se pueden fundamentar por las bases del pensamiento jurídico
    El control de constitucionalidad es el mecanismo jurisdiccional mediante el cual se sanciona y por lo tanto se condena a través de una orden el incumplimiento de un mandato constitucional .
    El control de constitucionalidad, la sanción por desacato de los mandatos supremos se puede ejercer respecto de normas o respecto de las conductas, el control de constitucional es un control abstracto, sobre las normas mismas, y no por las actuaciones.
    Al terminar el video puedo concluir que estas normas constitucionales ayudan a proteger los derechos establecidos en la constitución y la dignidad humana.
    Abrey león Ochoa
    Facultad de derecho 1 D

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  36. Los Derechos humanos son 30 reglamentados por las naciones unidas en el año 1945, surgen desde la antigüedad, pero con el avance del tiempo y la sociedad se han materializado hasta tal punto de volverse universales e irrenunciables, inherentes al ser humano garantizando al individuo una vida digna, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional étnico, religión, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna, todos los estados están en la obligación de preservar dichos derechos mediante organismos que velen por el total cumplimiento delos mismos, para el caso de Colombia existen organismos de gobierno como la procuraduría, ICBF, o las personerías que se encargan de la veeduría de del estricto cumplimiento de estos, por otro lado podemos encontrar organismos nos institucionales como fundaciones, ONG entre otros que al igual que los instituciones velan por garantizar la aplicabilidad de b los derechos humanos.

    NAIN JOSÉ DAZA
    DERECHO 1D

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  37. Buenas noches
    Brayan Garcia 1D

    Para todas las personas que lograron apreciar este video en el cual me parece un video como primera medida muy fundamental para poder comprender como es el mecanismo y el proceso continuo y sostenible sobre garantías jurisdiccionales sobre los derechos humanos donde podemos aprender y comprender como funciona el sistema sobre garantías jurisdiccionales en los cuales no explica cómo es todo el proceso a llevar por parte fundamental por partes institucionales y movimientos no institucionales teniendo en cuenta para que se pueda velar por la garantía de los derechos humanos tiene que estar engranados o sincronizados de la mejor manera para poder obtener como resultado a favor de los derechos humanos de manera parcial y justa ,
    Podemos comprender en el video que existen diversos movimientos no institucionales como ONG , Gremios sindicales o partidos politos entre otros
    Tan bien podemos encontrar movimientos artísticos que buscan ilustrar y generar conciencia sobre los derechos humanos como por ejemplo la ilustración de Picasso Guernica Picasso a realizar la escena representada en esta gran pintura fue la noticia de los bombardeos efectuados por la aviación alemana sobre la villa vasca que da nombre a la obra, conocidos por el artista a través de las dramáticas fotografías publicadas, entre otros diarios, por el periódico,
    Por parte de los mecanismos institucionales son oficiales como instituciones de corte administrativa el cual su razón de ser es proteger, gestionar socializar todo lo referente a los derechos humanos las cuales pueden ser internacionales o nacionales ya que todo proceso tiene que ser velado o aprobado por mecanismos jurisdiccionales
    Esta presentación tan bien nos habla sobre control de constitucionalidad y mecanismos de amparo de los derechos humanos teniendo presente que no es más que el mismo mecanismo jurisdiccional mediante el cual se sanciona o se condena atreves de una orden el incumplimiento de un mandato institucional

    En los cuales podemos encontrar los derechos fundamental internacional, derechos sociales e cómicos y culturales, y derecho por parte colectiva nos muestra cómo se pueden proteger cada uno de estos derechos ya sean por tutela o por acciones populares o de grupo

    En la parte de mecanismos institucionales no jurisdiccionales podemos ver de manera internacional instituciones como ONU ,OEA
    Por parte nacional la defensoría del pueblo es una institución a servicio de la comunidad para los entes del poder público para que se haga respetar y puedan representar a los ciudadanos cuando no puedan acceder a un representante legal
    De ante mano agradezco al el profesor Diego Higuera por darnos a conocer su trabajo y compartir su experiencia durante sus años como abogado Gracias por la atención prestada

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  38. Al observar el video de las garantías extra jurisdiccionales de los derechos humanos.
    Los derechos humanos son una derivación de categoría jurídicas y garantías intrínsecas para el trato que se le da a cada persona, estos derechos son protegidos y reivindicados por movimientos institucionales y movimientos no institucionales, entre los movimientos no institucionales tenemos movimientos sociales como las ONG, agremiaciones y sindicatos, partidos políticos, movimientos literarios, artísticos, intelectuales, entre otros
    los mecanismos institucionales están conformados por mecanismos oficiales o jurisdiccionales que son de manera internacional o nacional ,los oficiales encargados de promover los derechos nacional e internacional ,y los jurisdiccionales conformados internacionalmente por SIDH, sistema internacional de derechos humanos y SPI sistema penal internacional y la nacional que está compuesta por jurisdicción constitucional colombiana conformada por la corte constitucional y los jueces de tutelas, que se encargan de ejercer el poder de constitucionalidad.
    Entre los entes nacionales encargados de proteger los derechos fundamentales tenemos:
    El Ministerio público, la Procuraduría, la Defensoría del pueblo,entre los cuales se encuentran la dirección de recursos y acciones, dirección nacional de la defensoria publica, dirección nacional de divulgación y promoción de los derechos humanos.
    Los derechos se pueden fundamentar por las bases del pensamiento jurídico
    El control de constitucionalidad es el mecanismo jurisdiccional mediante el cual se sanciona y por lo tanto se condena a través de una orden el incumplimiento de un mandato constitucional .
    El control de constitucionalidad, la sanción por desacato de los mandatos supremos se puede ejercer respecto de normas o respecto de las conductas, el control de constitucional es un control abstracto, sobre las normas mismas, y no por las actuaciones.
    Lo que se sanciona en el control de constitucionalidad de conductas es la violación de los derechos fundamentales individuales,derechos sociales,económicos y culturales y violación de los derechos colectivos.
    Los derechos individuales son protegidos por la acción de tutela.
    Los derechos sociales,económicos y culturales estaban pensando ser protegidos por la acción de cumplimiento,pero el artículo noveno de la ley 393 de 1997 estableció que no se podían fijar en movimientos ni gastos patrimoniales de la acción de cumplimiento y que la misma no procedía cuando existieran otras acciones que prodediera.
    Los derechos colectivos son protegidos a través de las acciones populares o acciones de grupo.
    Estos derechos van llamados de primera,segunda y tercera generación, pero todos son de la misma jerarquía y no se pueden violar.
    Al terminar el video puedo concluir que estas normas constitucionales ayudan a promover y proteger los derechos establecidos en la constitución y la dignidad humana.

    Abrey león Ochoa

    Facultad de derecho 1 D

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  39. para actuar de acuerdos a los principios.
    cuando hablamos de la institucionales nos encontramos con defensoría del pueblo, procuraduría, personería municipal, icbf, unicef y policía nacional, todas estas instituciones tienen como fin proteger, defender, y promover los derechos humanos de todos los ciudadanos, cada entidad tiene una función diferente pero un fin en común.
    encontramos mecanismos de ámbito internacional como la OEA-ONU Jaime Cárdenas 1.A

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  40. Del video podemos entender que, el estado constitucional de derecho es aquella sociedad donde rige la constitución, este se compromete con la sociedad al crear entes o mecanismos constitucionales para garantizar la protección de los derechos humanos, para esto encontramos entidades constitucionales como lo son la procuraduría, la defensora del pueblo, entre otras, y encontramos entidades no instituciones como las ONG's, movimientos literarios, entre otros, todas con diferentes funciones, pero encargadas de vigilar el respeto y cumplimento de nuestros derechos.
    En nuestro País, Colombia, los derechos humanos son velados y protegidos, el incumplimiento o violación de alguno de ellos es sancionado o penalizado por la jurisdicción constitucional, su función es decidir sobre las demandas de inconstitucionalidad promovidas por los ciudadanos en contra de actos reformatorios de la constitución, por medio de la corte Constitucional y jueces de tutela de carácter funcional.
    El control de constitucionalidad de conducta lo que sanciona es la violación de los derechos fundamentales individuales, derechos sociales, derechos económicos y culturales y la violación de los derechos colectivos.

    Realizado por Laura Herrera Tirado 1A

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  41. MI OPINION ES QUE MUCHAS DE ESTAS ORGANIZACION E INSTITUCIONES SON CREADAS EN CONSECUENCIA DE ACTOS QUE VULNERAN LA PAZ Y SON LAS ENCARGADAS DE VELAR POR LOS DERECHOS HUMANOS PARA DIGNIFICAR LA VIDA

    MARIO ROVIRA DURAN

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  42. buenas noches mi concepto acerca del vídeo es como el estado ha creado tanto organizaciones como instituciones para proteger estos derechos que han sido vulnerados, por medio de tutela acción de cumplimiento acciones populares o de grupo estos derechos llamados de primera segunda y tercera generación mecanismos y de esta manera garantizar y dignificar los derechos humanos.

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  43. El Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos (SUDH) es el conjunto de normas sustantivas y procesales, así como de organismos con alcance internacional, pertenecientes a la Organización de las Naciones Unidas (ONU), cuyo fin es la promoción y la protección de los derechos humanos universales.

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  44. Comprendiendo un poco mas a fondo el video de la referencia se puede considerar de igual manera. El respeto y garantía de los Derechos Humanos que son un propósito general de todas las constituciones, es el Estado quien tiene la obligación de respetarlos y de garantizarlos, adoptando las medidas necesarias para lograr su satisfacción en la población y asegurar la prestación de determinados servicios.
    La Constitución de 1999 establece, a lo largo de su Título III, un amplio marco de protección de los derechos humanos, tanto de aquellos contemplados en su propio texto como los que se encuentran desarrollados en tratados, pactos o convenios internacionales que Venezuela ha suscrito y ratificado.
    Respecto de los derechos políticos, la Convención Americana establece en su artículo 23 que todos los ciudadanos tienen derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos; derecho a votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores; así como también derecho al acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país.
    Asimismo, nuestra Carta Magna establece que estos tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas por la Constitución y las leyes de la República Bolivariana de Venezuela.
    La necesidad de la existencia de los Derechos Humanos se ve reflejada desde hace varios siglos, ya sea por medio de la religión como de largas luchas o significativas batallas. Por tal razón la legislación universal de los derechos humanos nació a raíz de la primera guerra mundial. El organismo precursor de las Naciones Unidas, la Sociedad de las Naciones, exhortó a las potencias poseedoras de los territorios a promover el bienestar de las poblaciones locales.
    Los derechos humanos son pautas que orientan la vida humana basándose en los principios de libertad, la igualdad, la justicia y la paz; y se dividen entres grandes ramas : los derechos civiles, los sociales y los políticos.
    LOS DERECHOS HUEMANOS.
    Los Derechos Humanos son el conjunto de características, atributos o facultades que corresponden a todos los seres humanos como consecuencia de su dignidad, por tanto no pueden ser afectados o vulnerados, como su vida, su integridad física y psíquica, su libertad personal, su libertad de conciencia, entre otros.
    Los derechos humanos universales están contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional.
    1. Características
    Entre las principales características:
    . Son Inherentes o Innatos al ser humano.
    . Son Universales.
    . Son Inviolables.
    . Son Imprescriptibles.

    2. Tipos de derechos.
    . Derecho Civil y Político.
    . Derechos Económicos, Sociales y culturales.
    . Dentro de los derechos colectivos, están el derecho a la paz, el derecho al desarrollo y no contaminación del medio ambiente E.T.C.

    Cabe recordar que no es suficiente con que los derechos humanos estén definidos en la Constitución, lo más importante es que los ciudadanos y ciudadanas puedan ejercerlos, y para ello cada persona tiene que conocerlos, vigilar que se cumplan y defenderlos. Por ello, se creó el Poder Ciudadano y dentro de éste la Defensoría del Pueblo.

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  45. Buenas tardes, de la siguiente manera procedo a realizar mi concepto sobre el vídeo.
    Como el estado se compromete con la sociedad, de garantizarles sus derechos constitucionales mediante la creación de mecanismos de protección para así hacerles respetar su derecho ante entidades públicas o particulares de servicios públicos, un claro ejemplo es mediante las procuradurías asigna un delegado para que les represente en materia penal, administrativo y familiar.
    Por otra parte crea la defensoría del pueblo con el objetivo de representar a las personas cuando se sientan vulneradas de algún derecho ya sea por entidades públicas o privadas.
    Haciendo un énfasis especial en los derechos fundamentales establecidos en la Constitución, ya que esta es la norma de normas y todas las leyes, normas, decretos, etc. Están subordinadas a lo que en ella este establecido.
    Se puede concluir que a raíz de los abusos cometidos durante años y en aras de salvaguardar los derechos de las personas, se crearon entidades de movimiento sociales, jurídicos económicos para reivindicar todos esos abusos que a lo largo han marcado nuestra historia, estos mecanismos de defensa ya sea de tipo internacional o nacional han sido creados para defender los derechos, trato y vida del hombre, mecanismos de defensas que se rigen de diferentes categorías jurídicas, conceptos constitucionales, tales como la ONU, OEA, creadas para defender a personas, tratados, países, y asuntos internacionales; y tales como instituciones privadas de cada estado, como personería, contraloría, personería, fiscalías etc.
    Se puede ver qué a lo largo de la historia todos estos mecanismos surgen para evitar masacres, genocidios, crisis y guerras que tuvieron que suceder para que ahora existan. Estos mecanismos de defensas intervienen cuando han sido vulnerados los derechos del hombre, es decir que todo estado está regido bajo mandatos constitucionales que no se pueden violar.


    ESTEBAN RIVERA GUERRA IA

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