jueves, 14 de abril de 2016

Caso Derechos fundamentales en acción de tutela para el derecho a la vida.

Imaginemos la siguiente situación, inspirada en hechos reales que viví en el Juzgado 26 Civil de Circuito de Bogotá hace algunos años.

Un joven motociclista, dedicado a la mensajería sufrió un grave accidente al chocar con un camión que transportaba material de construcción. Una de las varillas se le incrusta en el pecho poniendo en grave riesgo su supervivencia.

Es llevado a urgencias con parte del material extraño aun encarnado en el plexo solar. No estando vinculado a ARL ni EPS, para los riesgos laborales o servicios de salud la institución de salud se rehúsa  a atenderlo.

Por sus partes los paramédicos se niegan a trasladarlo nuevamente, pues expondrían gravemente su vida.

En este punto ciego, la joven esposa acude a presentar su queja de manera verbal en los juzgados.

Como puede verse, el caso es fácil en materia sustancial, pero implica una adecuada instrumentalización de las acciones constitucionales para responder a tan sensible caso.


34 comentarios:

  1. ESTADO DEL ARTE:

    Este proyecto de investigación busca la respuesta sobre la percepción del aborto en los jóvenes de la ciudad de Tunja, Boyacá; para ello se ha tenido en cuenta que dentro de la ciudad no se haya desarrollado la investigación ni en otros lugares del país ya que en el llegado caso de que hubiere un proyecto de investigación igual no habría ningún sentido continuar con él. Por esa razón se realiza el estado del arte y en este caso si existe un estado del arte donde se encontró que en Mazatlán, México se realizó un proyecto de investigación que lleva como título “La aceptación que tienen los jóvenes de Mazatlán sobre el aborto” En este proyecto hay algo muy importante y es que se tuvo en cuanta la religión a la cual pertenecían las personas encuestadas, se tabulo dicha información y también se tabulo si la religión a la cual pertenecían los excluirían si llegasen a practicar un aborto, y en Costa Rica también se desarrolló un proyecto de investigación el cual demuestra que en dicho lugar los embarazos no deseados en adolescentes o jóvenes son la principal causa de abortos inducidos, especifica que esto sucede porque falta mucha instrucción a los jóvenes sobre los temas de sexualidad en especial a las clases más bajas. Es un proyecto socio- jurídico porque enmarca en al ámbito legal esta situación.En cuanto a proyectos de investigación estos fueron los únicos de los cuales se encontró registro sobre el tema , pero también se encontraron artículos como el del periódico el espectador que realizo un artículo sobre cuantos abortos inducidos se practican en Colombia y los resultados de su investigación fueron que el mayor porcentaje de estos son practicados por jóvenes adolescentes y se cita: “Anualmente ocurren 412.000 abortos inducidos. Visto de otra forma, cada año una de cada 26 colombianas en edad reproductiva (15 a 44 años) tiene un aborto, de acuerdo con la última investigación realizada en 2008, que acabamos de consolidar". Y por último se encontró un artículo chileno que expresa claramente el debate persistente entre la penalización del aborto y la no penalización y sobre la circulación de los fármacos que consumen las mujeres para interrumpir el embarazo, también hace una investigación acertada en cuanto a lo que sucede cuando estas mujeres consumen estos medicamentos sin ninguna supervisión médica. Por lo tanto se deduce que el proyecto que se está llevando acabo puede continuar ya que no existe ningún otro igual.





    BIBLIOGRAFIA

    •Autor(es): Marcela Alejandra Ortiz Leyva, Silvia Concepción García González, Danya Tirado Motta,Beatriz, Adriana Loyda Rodríguez, Lisbette María Zamora Vidal.
    Tema: La aceptación que tienen los jóvenes de Mazatlán sobre el aborto
    Tipo de publicación: proyecto de investigación.
    Dirección:http://www.geocities.ws/roxloubet/aceptacionaborto.html.

    •Autor(es): Barrantes Freer Alonso; Jiménez Rodríguez Milena; Rojas Mena Betzabé; Vargas García Ana
    Tema: Embarazo y aborto en adolescentes
    Tipo de publicación: articulo Medicina Legal de Costa Rica
    Dirección:http://www.scielo.sa.cr/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1409-00152003000100009

    •Autor(es): periódico el espectador
    Tema: En Colombia se realizan al año 400.000 abortos inducidos
    Tipo de publicación: articulo
    Dirección:http://www.elespectador.com/noticias/salud/colombia-se-realizan-al-ano-400000-abortos-inducidos-articulo-297707


    •Autor(es): tele 13; CAROLINA MASCAREÑO
    Tema: Aborto: Las cifras y escenarios que cruzan la realidad de Chile
    Tipo de publicación: articulo
    Dirección:http://www.t13.cl/noticia/actualidad/aborto-las-cifras-y-escenarios-que-cruzan-la-realidad-de-chile

    REALIZADO POR:
    ZAIRA BARRIOS
    ELIZABETH CORREDOR

    IV SEMESTRE DERECHO
    ASIGNATURA:
    SOCIOLOGIA JURIDICA

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    1. creo que estas en el link incorrecto, mira este y corrige:
      http://thewayofthelawyer.blogspot.com.co/search/label/Investigaci%C3%B3n

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    2. http://thewayofthelawyer.blogspot.com.co/search/label/Investigaciones.

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  6. http://es.slideshare.net/jeimyrodriguez3/accion-tutelajeimy1terminado

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  7. Buenos Dias Quisiera saber si me podrían explicar como hago para presentar una acción de tutela que debe ser concedida de forma provisional por la gravedad de la victima cuando el accidente a ocurrido en las horas de la noche o un día en el que no abren los juzgados?.
    2.si llegado el caso que la familia por su cuenta decidan remitir o los mismos para-médicos a la victima a otro hospital que acción puedo interponer en contra del hospital vulnerador?.
    3. En esta ocasión si podría pedir restitución por daños y perjuicios?

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    1. aunque suene evidente, 1. se pide medida cautelar, 2 si. 3 si

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  9. Buenas tardes Doctor ,este es el link de la acciòn de tutela http://www.slideshare.net/lauraVictoriaOchoaMa/accion-tutela-61067324 gracias

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  10. http://www.slideshare.net/miguel778/accin-de-tutela-interpretacion Nombre : luis miguel peña salinas-codigo:201421716

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  11. SEÑOR
    JUEZ DE REPARTO
    CIUDAD.
    REF: ACCION DE TUTELA
    ACCIONANTE: MOTOCICLISTA X
    ACCIONADO: HOSPITAL X
    Yo ESPOSA DEL SEÑOR MOTOCICLISTA X, identificado con cedula de ciudanía No. 7.160.765 de Tunja, mayor de edad y vecino de esta ciudad, actuando como agente oficioso del señor MOTOCICLISTA X y haciendo uso del Articulo 86 de la Constitución Política Nacional, interpongo ACCION DE TUTELA contra el HOSPITAL X, por violar el derecho Fundamental de la Vida y de la salud.
    PRETENSIONES
    PRIMERA: Se tutele el derecho fundamental de la vida en conexidad con el derecho fundamental de la salud.
    SEGUNDA: Se compulsen copias a la Superintendencia de Salud.
    HECHOS

    Las pretensiones anteriores se fundan en los siguientes:
    PRIMERO: El día cuatro de abril de 2016, mi esposo el señor MOTOCICLISTA X, conducía la motocicleta de placas UG-124, y en centro de la ciudad de Tunja, en la calle 26 con carrera 11, un camión de placas SNJ- 156, choco en una forma violenta contra la bicicleta en mención, causando lesiones graves con la incrustación de un objeto metálico en el costado derecho.
    SEGUNDO: Mi esposa fue ingresado a urgencias al hospital x, y al llegar al centro asistencial le fue negado el servicio médico porque no tenía ningún tipo de afiliación a sistema de Salud.
    TERCERO: el señor conductor del vehículo de placas SNJ- 154, presento el SOAT con fecha de vencimiento el día anterior, razón por la cual no fue atendido.
    CUARTO: El cuerpo médico del hospital x, manifestaron la imposibilidad de mover a la víctima a otro centro asistencial, por la gravedad de las heridas.





    SUSTENTACION DE LA TUTELA
    El Articulo 11 de la Constitución Política nacional, garantiza el derecho fundamental a la vida en conexidad con la salud, y es así, que ningún centro asistencial Medico puede negar la prestación de este servicio.
    La afiliación al régimen contributivo o al régimen subsidiado solo es un requisito para la prestación básica de la salud pero como su mismo nombre lo indica es la contribución de parte del estado y de un particular para la cobertura colectiva, aunque la entidades prestadoras de Salud solo les importa lucrarse mas no salvar vidas como lo demanda la norma superior y las normas legales.
    Para el caso de mi esposo es difícil ya que en el momento se encuentra desempleado, y solo ha tenido trabajos temporales cortos y la transición del régimen contributivo al régimen subsidiado y viceversa, no se permite una actualización en la base de datos inmediata, la cual es administrada y controlada por el estado.
    Para ingresar al régimen contributivo, no debe aparecer en el régimen subsidiado, y para ingresar al régimen subsidiado no debe estar afiliado al régimen contributivo, para para el momento de la ocurrencia de los hechos se encontraba desactivado del sistema nacional de Salud.
    Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes conforme a los principio de eficiencia, universalidad y solidaridad. También establecer políticas para la prestación de servicios de Salud por entidades privadas y ejercer su vigilancia y control. Las entidades prestadoras de salud están expuestas a posibles sanciones por parte de la Superintendencia de Salud, y puede dar lugar a una responsabilidad objetiva del estado hacia el particular, pero por la premura y por el alto riesgo en que se encuentra la vida de mi esposo, acudo a este medio Constitucional para que se garanticen los derechos fundamentales invocados.
    DECLARACION JURADA
    Manifiesto al señor Juez que no he iniciado ninguna otra acción Constitucional por los mismos hechos.
    FUNDAMENTOS DE DERECHO
    Artículo 11, 44, 49,86, de la Constitución política Nacional.






    PRUEBAS
    Copia de la historia clínica del paciente motociclista x.
    Copia del seguro obligatorio del vehículo de placas SNJ-154.

    NOTIFICACIONES
    Al suscrito favor hacerlo en la calle 33 No- 13-45 de la ciudad de Tunja
    Al accionado en la carrera 11 No. 26-35 de la ciudad de Tunja
    .

    Cordialmente,

    ESPOSA DEL SEÑOR MOTOCICLISTA X




    CESAR JULIO SANDOVAL RUIZ
    COD. 201411667







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  12. http://es.slideshare.net/Yen01/accion-de-tutela-61069538
    Yenny Lorena Muñoz Avendaño

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  13. Ejercicio acción de tutela.
    http://www.slideshare.net/diananitola/tutela-61073009

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  15. Acción de Tutela
    Nombre: Daniela Eugenia Perez Tuta
    Materia: Interpretación constitucional----UPTC
    http://es.slideshare.net/danielatuta1/accin-detutela2016

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  16. ACCION DE TUTELA
    NOMBRE:Mildreth Paola Velandia Salgado
    MATERIA: Interpretación Constitucional (UPTC)

    http://es.slideshare.net/danielatuta1/tutela-2016

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  17. Acción de Tutela
    Interpretación Constitucional, UPTC
    Realizado por: Martha Paola Pulido Galindo.
    http://www.slideshare.net/MarthaPaolaPulidoGal/accin-detutela-1

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  18. https://es.slideshare.net/lead-campaigns/new?from=upload&uploaded_slideshow_id=61114618 LUIS CARLOS SANDOVAL VILLANO
    COD: 201420241

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  19. http://es.slideshare.net/ErikaLSaavedraGuerre/erika-l-saavedra-61109688
    ERIKA L. SAAVEDRA GUERRERO
    CÓDIGO:201421377
    INTERPRETACIÓN CONSTITUCIONAL

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  20. http://es.slideshare.net/MarcelitaRodriguez/tutela-moto-2
    CLAUDIA MARCELA RODRIGUEZ
    CODIGO: 201411773

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  22. http://es.slideshare.net/KataUlloa/accion-detutela
    PAULA CATALINA ULLOA MORENO
    CODIGO:201421834

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  23. http://www.slideshare.net/LauraValenciaMndez/accin-de-tutela-61118890
    LAURA CAMILA VALENCIA MÉNDEZ
    CODIGO:201421815

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  24. Acción de tutela
    Nombre: Oscar Leonardo Roa Manrrique
    Código: 201421861
    http://es.slideshare.net/OscarRoa13/tutela-interpretacion

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  25. Acción de tutela
    NOMBRE: David Santiago W. Medina
    interpretación constitucional-----UPTC
    http://es.slideshare.net/DavidWMedina/tutela-2016-61123467

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  26. https://drive.google.com/file/d/0B_PEb_WvEBe2cldsUU9zbHRtMTg/view?usp=sharing

    Yahir Duvan Solano Tobito
    Codigo: 201420946

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  27. https://docs.google.com/viewer?a=v&pid=sites&srcid=ZGVmYXVsdGRvbWFpbnx0dXRlbGFjb25zdGl0dWNpb25hbHxneDo3NTkyZTY5MjBhMWI2YTRk

    Angélica Espinosa Fagua
    Acción de Tutela
    201411715

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  28. nombre: Mónica Viviana Palacios Pérez
    http://interpretacion2016.blogspot.es/

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  29. https://drive.google.com/file/d/0Bz4Kh38o12BDTHVIRnZrN1RablU/view?usp=sharing

    LAURA ROMERO PINTO 201310607

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  30. http://es.slideshare.net/MarcelitaRodriguez/tutelaaaaaaaaaaa

    LIZETH JOHANA GOMEZ GAVIDIA
    COD:201421664

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  31. http://es.slideshare.net/MarcelitaRodriguez/tutela-dhiguera

    JENNIFER TATIANA SUÁREZ SUA

    COD:201421698

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